sábado, 7 de septiembre de 2013

Y TÚ ¿ CONOCES LA LEY N°28803 ?


La presente Ley 28803 , tiene objetivo dar un marco normativo que garantice los mecanismos legales para el ejercicio pleno de los derechos reconocidos en la Constitución Política y los Tratados Internacionales vigentes de las Personas Adultas Mayores para mejorar su calidad de vida y que se integren plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural, contribuyendo al respeto de su dignidad. 


Siendo que, en el Perú contamos con una ley dedicada a los adultos mayores, lo que constituye una preocupación por parte del Estado, no deberíamos escatimar esfuerzos propios para que todo ciudadano que se encuentre en esa condición sea respetado y estimulado, tratando de brindarles las condiciones necesarias para que tengan una buena calidad de vida, debiendo procurarles, por sobre todo, gratitud, afecto y atención.


Debemos ser conscientes que muchos de nosotros llegaremos a esta etapa de la vida en que nos volvemos vulnerables a las enfermedades y al olvido de nuestros semejantes, por ello desde el rol en que nos encontremos, ya sea como autoridades, familiares o servidores, debemos tratar de brindarles y prodigarles amabilidad y atención.

Con esta ley los adultos mayores tienen derecho a:

1. La igualdad de oportunidades y una vida digna, promoviendo la defensa de sus intereses.
2. Recibir el apoyo familiar y social necesario para garantizarle una vida saludable, necesaria y útil elevando su autoestima.
3. Acceder a programas de educación y capacitación que le permitan seguir siendo productivo.
4.Participar en la vida social, económica, cultural y política del País.
5. El acceso a la atención preferente en los servicios de salud integral, servicios de transporte y actividades de educación, cultura y recreación.
6. El acceso a la atención hospitalaria inmediata en caso de emergencia.
7. La protección contra toda forma de explotación y respeto a su integridad física y psicoemocional.
8. Recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial y administrativo que la involucre.
9. Acceder a condiciones apropiadas de reclusión cuando se encuentre privada de su libertad.
10. Vivir en una sociedad sensibilizada con respeto a sus problemas, sus méritos, sus responsabilidades, sus capacidades y experiencias.
11. Realizar labores o tareas de acorde a su capacidad física o intelectual. No será explotada física, mental ni económicamente.
12. La información adecuada y oportuna en los trámites para su jubilación.
13. No ser discriminada en ningún lugar público o privado.


Por ello, los funcionarios o servidores que laboran en las distintas instituciones públicas que, a diario atienden las demandas y reclamos de las personas de la tercera edad, deberían esforzarse por darle prioridad a su peticiones y respetar sus derechos a la pensión, a la salud, a un trato diferenciando por razón de su edad, a la recreación y al deporte.

Para los que se encuentren más interesados en este tema , les dejo el siguiente link donde se van a poder informar detalladamente de cada uno de los artículos que la componen

2 comentarios:

  1. Muy buen aporte, es necesario saber estas leyes, quizás algún dia muy lejos de ahora las tengamos que recordar

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  2. Debemos tenerlo presente para el hoy de las personas de la tercera edad , y como tú dices, para el futuro de nuestra vidas por el tiempo que dure o mejore esta ley; así hacer valer nuestros derechos que nadie nos los pueden privar.

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